La Justicia ha avalado la actuación del Ayuntamiento de Punta Umbría en el procedimiento para la enajenación de las parcelas B, C, D, E y F del sector SAPU 5, al desestimar íntegramente el recurso contencioso-administrativo presentado por cuatro concejales del PSOE contra el acuerdo plenario que aprobó la convocatoria de esta operación urbanística.
En palabras del alcalde, José Carlos Hernández Cansino, “es la tercera resolución judicial que pierde el PSOE sobre este mismo asunto”. Cabe recordar que los concejales socialistas también presentaron una querella penal por supuestos delitos de prevaricación administrativa en la venta de estos terrenos, que fue archivada por el Juzgado y ratificada posteriormente por la Audiencia Provincial. Hernández Cansino reprocha al Grupo Municipal Socialista el “daño que está haciendo al desarrollo de Punta Umbría por pura venganza personal y política”.
La sentencia número 160/2026, dictada el pasado 21 de octubre por la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Huelva, concluye que el acuerdo adoptado por el Pleno municipal el 25 de marzo de 2024 es conforme a derecho y que no ha quedado acreditado ningún motivo de nulidad o anulabilidad que justifique su anulación.
Además, la resolución judicial impone las costas del procedimiento alos cuatro concejales del PSOE recurrentes con un límite de 600 euros. El alcalde valora muy positivamente esta resolución judicial y ha señalado la “importancia” de esta sentencia “porque viene a confirmar que el Ayuntamiento ha actuado correctamente, con rigor y con todas las garantías legales. Siempre hemos defendido que las decisiones que adoptamos responden al interés general y están respaldadas por los informes y el trabajo de los profesionales municipales”.
Hernández Cansino ha añadido que “durante todo este tiempo hemos tenido que soportar acusaciones y cuestionamientos sobre una actuación municipal que ahora la Justicia declara ajustada a derecho. La sentencia es clara: las razones que se utilizaron para intentar anular el acuerdo plenario no han prosperado”.
Entre otras cuestiones, la sentencia considera acreditado que el Ayuntamiento justificó el destino de los ingresos derivados de la eventual enajenación de los terrenos, que forman parte del Patrimonio Municipal del Suelo, conforme a las exigencias legales.
En este sentido, la resolución recoge los informes técnicos, jurídicos y de Intervención incorporados al expediente, así como las declaraciones de los técnicos municipales durante el procedimiento judicial.
También analiza otros asuntos planteados por los recurrentes del PSOE, como un posible error aritmético detectado en los pliegos de contratación o cuestiones relacionadas con la Ley de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía (LISTA), desestimando también estos argumentos.
El alcalde ha subrayado que “lo que está en juego es mucho más que un expediente administrativo. Estamos hablando de decisiones que afectan al futuro urbanístico de Punta Umbría y a la capacidad del Ayuntamiento para gestionar su patrimonio y promover nuevas oportunidades para nuestro municipio. No podemos permitir que se cuestione permanentemente el trabajo municipal cuando se hace con responsabilidad y dentro de la legalidad».
“Seguiremos trabajando con la misma determinación, defendiendo los intereses de Punta Umbría y tomando las decisiones que consideremos mejores para nuestro pueblo. Esta sentencia nos da la razón en un asunto en el que siempre hemos tenido la tranquilidad de haber actuado correctamente”, ha concluido Hernández Cansino. Hoy martes, 3 de noviembre, el alcalde realizará una valoración más detallada de la sentencia y de sus efectos, así como de las consecuencias que se derivan de esta resolución judicial.

